Requisitos para el Proceso de Distribución (Art.25/26)
Instalación eléctrica de distribución, cuyas tensiones nominales sean ≥ 120 V y < 57,5 kV.
Alcance del sistemas de distribución
Un sistema típico de distribución consta de un S/E de distribución; circuitos primarios (entre 7,6-44 kV); transformadores de distribución en capacidades nominales > 3kVA (pueden instalarse en postes, bóvedas o emplazamientos a nivel del suelo); celdas de maniobra, medida y protección para los transformadores de distribución, y circuitos de BT.
Requisitos básicos
Todo proyecto debe contar con:
• Memorias de cálculos y planos de construcción.
• Registro de las pruebas técnicas y rutinas de mantenimiento.
• Capacitación a cada una de las personas calificadas que laboren en las instalaciones energizadas o en las proximidades de estas.
Además
• Las personas calificadas deben conocer perfectamente las normas de seguridad y pueden ser evaluados en cualquier momento –por la autoridad o la empresa propietaria de la red- para demostrar sus conocimientos sobre las mismas.
• El responsable de la construcción, O&M debe proveer los elementos de protección, en cantidad suficiente, los cuales deben estar disponibles en lugares fácilmente accesibles y visibles.
Puestas a tierra
Con el fin garantizar la seguridad tanto del personal que trabaja en los circuitos de distribución como del público en general, se deben atender los siguientes requisitos:
• Debe cumplir los criterios RETIE de puestas a tierra.
• El OR debe entregar a los diseñadores de un proyecto, el valor de la máx I falla a tierra esperada en el nodo respectivo.
• Los trabajadores deben considerar todas las partes metálicas no puestas a tierra, como energizadas con la tensión más alta a la cual están expuestos, a menos que se verifique mediante pruebas que estas partes están sin tensión.
Estructuras de soporte
Adicional a los requisitos de producto deben cumplir:
• Los herrajes empleados en los circuitos de MT deben ser de diseño adecuado a su función mecánica y eléctrica y deben tener un coeficiente de seguridad mecánica ≥ 2,5 respecto a su carga de trabajo.
• Deben resistir la acción corrosiva durante su vida útil, para estos efectos se tendrán en cuenta las características predominantes del ambiente en la zona.
• Las grapas de retención del conductor deben soportar un esfuerzo mecánico en el cable ≥ 80% de la carga de rotura del mismo, sin que se produzca deslizamiento.
Nota: El coeficiente de seguridad puede ser reducible a 2 mediante ensayos.
Aislamiento
Los aisladores usados en distribución deberán tener como mín las siguientes cargas de rotura:
• Suspensión tipo disco, ≥ 80% de la tensión de rotura del conductor utilizado.
• Tipo carrete, = 50% de la carga de rotura del conductor utilizado.
• Tipo espigo ≥ 10% de la carga de rotura del conductor utilizado.
• Tipo tensor, debe verificarse que la carga de rotura sea superior a los esfuerzos mecánicos en las condiciones ambientales más desfavorables.
Distancias de seguridad
Los requerimientos de aislamiento, para evitar contactos, tanto por disminución en las distancias de seguridad o por deficiencias o insuficiencias de los materiales aislantes:
• Deben cumplir las distancias de seguridad RETIE y las establecidas para S/E.
• Los proyectos nuevos o de ampliación de edificaciones deben dar estricto cumplimiento al RETIE, en especial en lo referente a distancias mínimas de seguridad y servidumbres.
Conductores aéreos
Los conductores, cables de guarda y cables de retención deben cumplir los requerimientos eléctricos y mecánicos para las condiciones donde sean instalados:
• En ningún momento los conductores deben ser sometidos a tensiones mecánicas por encima de las especificadas y el tendido en redes aéreas no debe > 25% de la tensión de rotura.
• En el diseño debe tenerse en cuenta el criterio de pérdidas técnicas.
• Cuando no se puedan garantizar las distancias de seguridad, deben utilizarse conductores aislados o semiaislados.
• Deben instalarse con los herrajes apropiados para el tipo, material y calibre del conductor.
• Los empalmes de conductores aéreos deben garantizar operar ≥ 90% de la tensión mecánica de rotura sin que el conductor se deslice.
• los conectores o uniones con otros conductores deben no producir par galvánicos.
Nota: Cuando se observe deterioro del conductor o afectaciones que disminuyan la tensión de rotura, deben cambiarse o tomarse las acciones correctivas.
Nota: El tenedor de una red aérea debe retensionar los cables que por el uso se han distensionado y estén violando la altura mínima de seguridad. Si no, debe ampliar la altura de las estructuras de soporte, o usar cables aislados o semiaislados.
Conductores subterráneos
En el tendido de cables subterráneos se aplicarán los requisitos adaptados de la Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles de la Asociación Electrotécnica Argentina:
Canalizaciones o ductos
• Deben ser de materiales no higroscópicos.
• Deben tener un grado de protección adecuado al tipo de uso, y garantizar que no rasguen o deterioren el aislamiento de los conductores.
• Deben tener cámaras de inspección, se deben instalar en tramos rectos a distancias ≤ 80 m, salvo cuando existan causas debidamente justificadas asentadas en la memoria técnica del proyecto (vgr. cruce de grandes avenidas).
• Se acepta el uso de tubos corrugados de PVC de doble pared para la protección mecánica térmica en redes de MT y BT.
• Se colocaran, con pendiente ≥ 0,1% hacia las cámaras de inspección, en una zanja de profundidad suficiente que permita el recubrimiento de relleno sobre el ducto.
• En ductos metálicos todo el circuito debe ir en el mismo ducto, evitando corrientes que calienten el ducto.
• Cuando se utilicen ductos metálicos, estos deben ser galvanizados y estar conectados eléctricamente a tierra.
Conductores
• Dentro del ducto deben conservar la misma disposición y adecuación a lo largo de todo su recorrido, asegurando la separación de los circuitos.
• Se debe mantener una distancia útil ≥ 0,20 m entre el borde externo del conductor y cualquier otro servicio (gas, agua, etc). Si no, separar a través de una hilera cerrada de ladrillos u otros materiales dieléctricos resistentes al fuego y al arco eléctrico, con espesor ≥ 5 cm.
• Aquellos instalados debajo de construcciones deben estar alojados en un ducto ≥ 0,30 m del perímetro de la construcción.
• Se debe instalar todos los conductores de un circuito de la línea, sea monofásica o polifásica con su conductor de neutro y puesta a tierra de protección en el mismo ducto, si no, se deberán utilizar ductos paralelos.
• Todas las transiciones entre tipos de cables, las conexiones a las cargas, o las derivaciones, deben realizarse en cámaras o cajas de inspección que permitan mantener las condiciones y grados de protección aplicables.
• Las uniones entre conductores deben asegurar la máxima hermeticidad posible y no deben alterar su sección transversal interna.
Nota: No se admite la instalación de cables sobre el nivel del suelo terminado.
Nota: Se permite el uso de conductores de Al en redes subterráneas de MT y BT siempre que el cable esté certificado para uso subterráneo.
Nota: Las cajas y tapas para redes subterráneas, podrán ser prefabricadas, siempre que den cumplimiento de una norma técnica para ese tipo de producto.
Distancias mín enterramiento
Para cables de enterramiento directo, dispondrán una barrera de protección contra el deterioro mecánico.
Para cables de enterramiento directo a una distancia entre 20-30 cm por encima del cable deben instalarse cintas de identificación o señalización con tiempo ≥ vida útil del cable enterrado.
Mantenimiento
El OR o quien tenga el manejo de la red debe asegurar un mantenimiento adecuado de sus redes y S/E de distribución que minimice o elimine los riesgos, tanto de origen eléctrico como mecánico asociados a la infraestructura de distribución y deberá dejar evidencias mediante registros de las actividades desarrolladas en tales mantenimientos.
Información de seguridad
Los responsables de la operación de sistemas de distribución eléctrica deben mantener informada a la población de los riesgos asociados a la electricidad. La SSPD podrá constatar el cumplimiento de este requisito.
Adicionalmente el OR o comercializador debe:
• Producir y difundir una cartilla orientada a los usuarios, será entregada el día en que se pone en servicio una instalación eléctrica, incluirá los procedimientos relativos a las solicitudes de ampliación del servicio, identificación y comunicación con la empresa prestadora del servicio, y otros referentes a la seguridad eléctrica.
• Instruir al usuario del servicio de energía, al menos cada seis meses, sobre recomendaciones de seguridad.
• Informar a los residentes cercanos al lugar del trabajo objeto del mantenimiento, sobre los riesgos de origen eléctrico que se pueden ocasionar por inadecuadas prácticas que rompan las distancias mínimas de seguridad o la zona de servidumbres.
Nota: La información en redes urbanas se debe dar, mín, en el costado de la manzana donde se hace el mantenimiento.
Importante: Se dejarán evidencias del hecho.