Requerimientos para Motores y Generadores Eléctricos (Art.20.21)
Requisitos de producto
. Los motores y generadores eléctricos (máquinas eléctricas rotativas), nuevos, reparados o reconstruidos, de potencia ≥ 375 W, deben cumplir los requisitos que son adaptados de las normas, siempre y cuando no sean parte integral de una máquina.
. Aplica a los motores que contengan elementos mecánicos complementarios, tales como reductores o amplificadores de velocidad, bombas y embragues, así como a los generadores acoplados a máquinas motrices.
Nota: En el caso de generadores, se debe contar con protección contra sobre velocidad y protección contra sobrecorriente.
Excepción: Cuando estén acoplados a una instalación especial como Bombas, escaleras eléctricas, ascensores o montacargas.
Requisitos de instalación
Las carcasas de las máquinas eléctricas rotativas deben ser sólidamente conectadas a tierra. Además:
. El usuario debe atender las indicaciones y recomendaciones de montaje, operación y mantenimiento de la máquina suministradas por el proveedor, incluyendo la posición.
. Se debe conservar la posición de trabajo de la máquina (horizontal o vertical) indicada por el productor.
. La capacidad de la máquina se debe calcular teniendo en cuenta la corrección por la altura sobre el nivel del mar donde va a operar.
. El motor o generador debe ser apropiado para el tipo de uso y condiciones ambientales del lugar donde opere.
. Los sistemas accionados por motores eléctricos que impliquen riesgos mecánicos para las personas, deben tener un sistema de parada de emergencia.
. Las paradas de emergencia deben instalarse en bandas transportadoras, parques de juegos mecánicos y las demás máquinas que involucren rodillos y elementos cortantes.
. Todo motor con In ≥ 3 A, debe tener una protección termo magnética dedicada (exclusiva para el motor).
Nota: Para motores o generadores eléctricos de potencias > 800 kW, el Certificado de Conformidad de Producto, podrá sustituirse por la declaración del proveedor. Igual tratamiento se dará a motores o generadores reutilizados o remanufacturados de potencia > 200 kW.
Nota: En lugares clasificados como peligrosos se deben utilizar motores aprobados y certificados para uso en estos ambientes.
Nota: Para generadores móviles debe tenerse un sistema aislado de tierra, el cual debe ser monitoreado.
Nota: Queda totalmente prohibida la utilización de motores abiertos en puntos accesibles a personas o animales.
Rotulado
Todo motor o generador eléctrico debe estar provisto de un diagrama de conexiones, el cual debe adherirse al encerramiento y una o varias placas de características.
Las placas se deben elaborar en un material durable, con letras indelebles e instalarlas en un sitio visible y de manera que no sean removibles, y contener como mínimo la siguiente información:
• Razón social o marca registrada del productor, comercializador o importador.
• Vn o intervalo de tensiones nominales.
• In.
• Potencia nominal, hasta 1000 msnm.
• Frecuencia nominal o especificar que es corriente continua.
• Velocidad nominal o intervalo de velocidades nominales.
• N° de fases para máquinas de corriente alterna.
• Grados de protección IP.
• Eficiencia energética a condiciones nominales de operación.
• Para las máquinas de corriente alterna, el factor de potencia nominal.
Nota: Si la máquina se incorpora a un equipo, que no permita la libre observación de la placa de características, el productor debe suministrar una segunda placa para ser fijada en un lugar visible.
Nota: Si una persona distinta del productor repara o modifica parcial o totalmente el devanado de una máquina o cualquier otro de sus componentes, se debe suministrar una placa adicional para indicar el nombre del reparador, el año de reparación y las modificaciones efectuadas.
El productor debe mantener a disposición del usuario la información que le sea aplicable de la siguiente:
• I de arranque.
• N° de serie de la máquina o marca de identificación.
• Año de fabricación.
• Referencia numérica de las normas aplicadas.
• Características de funcionamiento específicas.
• Sobrevelocidad admisible.
• Temperatura ambiente máx admisible.
• Temperatura ambiente mín admisible.
• Altura sobre el nivel del mar para la cual está diseñada la máquina.
• Masa total de la máquina en kg.
• Torque de operación y torque de arranque.
• Posición de trabajo (vertical u horizontal).
Adicionalmente,
• Clasificación térmica o calentamiento admisible (temperatura exterior máxima nominal).
• Clase de régimen nominal de tensión. Si es un intervalo entre tensión A y tensión B, debe marcarse A-B. Si es para doble tensión debe marcarse como A/B.
• Para las máquinas enfriadas por H, presión del H a la potencia nominal.
• Para las máquinas de c.a., la frecuencia nominal o intervalo de frecuencias nominales.
• Para las máquinas de c.a. trifásica con más de tres puntos de conexión, instrucciones de conexión por medio de un esquema.
• Para las máquinas de c.c. con excitación independiente o con excitación en derivación y para las máquinas sincrónicas, la tensión de excitación nominal y la corriente de excitación nominal.
• Para las máquinas de inducción con rotor bobinado, la tensión entre anillos de circuito abierto y corriente nominal del rotor.
• Para los motores de c.c. cuyo inducido esté previsto para tener suministro mediante convertidores estáticos de potencia, el código de identificación del convertidor estático de potencia.
• Para motores > 5 kW, el factor de forma nominal y tensión alterna nominal en los bornes de entrada del convertidor estático de potencia, si esta es superior a la tensión directa nominal del circuito de inducido del motor y los niveles de ruido.
Nota: El productor debe entregar al usuario las indicaciones y recomendaciones mínimas de montaje, O&M de la máquina.
Pruebas
Los parámetros nominales de tensión, corriente, potencia, factor de potencia, frecuencia, velocidad y otros parámetros eléctricos como corriente de arranque, temperatura admisible, grados de protección y eficiencia energética, deben ser probados conforme a una NTI o NTC que le aplique.
Normatividad asociada
NTC 2805; IEC 60034-1 e IEC 17050
