Seleccione el tipo de campo deportivo y la tensión nominal...

Sin infraestructura o abiertos

Con infraestructura

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La distancia mínima vertical al piso en cruce por espacios usados como campos deportivos abiertos, sin infraestructura en la zona de servidumbre, tales como graderías, casetas o cualquier tipo de edificaciones ubicadas debajo de los conductores, debe ser de 12,0 m

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La distancia mínima vertical al piso en cruce por espacios usados como campos deportivos abiertos, sin infraestructura en la zona de servidumbre, tales como graderías, casetas o cualquier tipo de edificaciones ubicadas debajo de los conductores, debe ser de de 12,0 m

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La distancia mínima vertical al piso en cruce por espacios usados como campos deportivos abiertos, sin infraestructura en la zona de servidumbre, tales como graderías, casetas o cualquier tipo de edificaciones ubicadas debajo de los conductores, debe ser de 12,0 m

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La distancia mínima vertical al piso en cruce por espacios usados como campos deportivos abiertos, sin infraestructura en la zona de servidumbre, tales como graderías, casetas o cualquier tipo de edificaciones ubicadas debajo de los conductores, debe ser de 12,0 m

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La distancia mínima vertical al piso en cruce por espacios usados como campos deportivos abiertos, sin infraestructura en la zona de servidumbre, tales como graderías, casetas o cualquier tipo de edificaciones ubicadas debajo de los conductores, debe ser de 12,8 m

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La distancia mínima vertical al piso en cruce por espacios usados como campos deportivos abiertos, sin infraestructura en la zona de servidumbre, tales como graderías, casetas o cualquier tipo de edificaciones ubicadas debajo de los conductores, debe ser de 14,6 m

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La distancia mínima horizontal en cruce cercano a campos deportivos que incluyan infraestructura, tales como graderías,casetas o cualquier tipo de edificación asociada al campo deportivo, debe ser de 7,0 m

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La distancia mínima horizontal en cruce cercano a campos deportivos que incluyan infraestructura, tales como graderías,casetas o cualquier tipo de edificación asociada al campo deportivo, debe ser de 7,0 m

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La distancia mínima horizontal en cruce cercano a campos deportivos que incluyan infraestructura, tales como graderías,casetas o cualquier tipo de edificación asociada al campo deportivo, debe ser de 7,0 m

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La distancia mínima horizontal en cruce cercano a campos deportivos que incluyan infraestructura, tales como graderías,casetas o cualquier tipo de edificación asociada al campo deportivo, debe ser de 7,0 m

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La distancia mínima horizontal en cruce cercano a campos deportivos que incluyan infraestructura, tales como graderías,casetas o cualquier tipo de edificación asociada al campo deportivo, debe ser de 9,3 m

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La distancia mínima horizontal en cruce cercano a campos deportivos que incluyan infraestructura, tales como graderías,casetas o cualquier tipo de edificación asociada al campo deportivo, debe ser de 11,1 m